Multas de tacógrafo en 2026: cuánto cuestan de verdad
Cuando buscas cuánto cuesta una multa de tacógrafo, lo que encuentras es un lío: cada web dice una cifra distinta, muchas siguen copiando cuantías de hace diez años, y casi ninguna te dice lo que de verdad importa, que es quién paga y cómo se calcula. Vamos a ponerlo claro, con los tramos que están hoy en vigor y con la norma delante.
Antes de las cifras, lo primero que tienes que saber: en una infracción de tacógrafo o de tiempos de conducción, la que paga es la empresa, no el conductor. Lo dice la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), y es la razón por la que esto es tu problema y no el del que va al volante. Empecemos por ahí.
Quién paga la multa: la empresa, casi siempre
La LOTT (artículo 138) es clara: la responsable administrativa de las infracciones de conducción, descanso y tacógrafo es la empresa titular de la autorización de transporte, con independencia de quién cometiera materialmente el hecho. Es decir: aunque fuera tu conductor el que se pasó de horas, la sanción llega a nombre de la empresa.
Hay dos matices que conviene conocer:
- La empresa solo se libra si demuestra que hubo una desobediencia grave del conductor y que además lo sancionó disciplinariamente por ello. En la práctica, sin un expediente disciplinario documentado, la multa la come la empresa.
- Cuando el exceso supera el 50% del máximo legal, se sanciona a la empresa y además al conductor (multa económica y puntos del carné).
Los tres tramos de multa (el baremo que está hoy en vigor)
Las sanciones de transporte se clasifican en tres niveles según su gravedad, y cada nivel tiene su horquilla de euros. Estos son los tramos vigentes de la LOTT (artículo 143), tal como quedaron tras la reforma de la Ley 9/2013:
| Gravedad | Horquilla | Sub-tramos habituales |
|---|---|---|
| Leve | apercibimiento o hasta 400 € | 100–200 / 201–300 / 301–400 |
| Grave | 401 – 1.000 € | 401–600 / 601–800 / 801–1.000 |
| Muy grave | 1.001 – 6.000 € | 1.001–2.000 / 2.001–4.000 / 4.001–6.000 |
| Muy grave con reincidencia | hasta 18.000 € | 6.001–18.000 |
La reincidencia (haber sido sancionado con firmeza por otra muy grave en los doce meses anteriores) es la que dispara el tramo hasta 18.000 €. Es el escenario que quieres evitar a toda costa: no solo por el dinero, sino por lo que arrastra —lo vemos abajo—.
Las cifras concretas que más se ven
Dentro del tramo muy grave, muchas infracciones de tacógrafo tienen un valor fijo —no una horquilla, sino un número—. Estas son las que aparecen una y otra vez en las inspecciones:
- No llevar los registros de los últimos días (el periodo que debes poder enseñar en carretera): 1.001 €. Es la multa por no poder presentar los datos del día en curso y los días anteriores que exige la norma.
- Uso indebido del selector de actividad o falta de registros del periodo: alrededor de 1.001 €.
- Carencia significativa de datos que debías conservar: 2.001 € —y, además, pérdida de honorabilidad (esto es lo grave de verdad, lo explicamos abajo)—.
- Manipulación del tacógrafo: 4.001 € —con posible inmovilización del vehículo—.
- Exceso de conducción o descanso insuficiente: de 1.001 a 4.001 € según la gravedad del exceso.
Lo que no sale en la factura: la honorabilidad
Aquí está la parte que casi nadie te cuenta y que puede doler más que el dinero. Algunas infracciones muy graves conllevan la pérdida de honorabilidad —un requisito legal para poder seguir operando—.
La honorabilidad la necesita el gestor de transporte (la persona con la competencia profesional que dirige tu actividad) y la propia empresa para mantener la autorización. Perderla puede inhabilitar al gestor y suspender autorizaciones. Traducido: no es una multa que pagas y sigues; es un problema que puede tocar tu capacidad de trabajar. Por eso las infracciones que arrastran pérdida de honorabilidad, como la carencia significativa de datos (2.001 €) o la manipulación (4.001 €), pesan mucho más de lo que dice su cifra.
¿Se puede pagar menos? El pronto pago
Sí, existe una rebaja, pero con letra pequeña que conviene entender antes de firmar nada.
La LOTT (artículo 146) permite una reducción del 30% si pagas voluntariamente dentro de los 30 días siguientes a la notificación del expediente. Es una rebaja real y, de hecho, más generosa que la reducción general de otros procedimientos administrativos.
La cuenta que de verdad importa: lo que evitas antes de la multa
Las multas de tacógrafo tienen una particularidad: casi todas se ven venir en los ficheros. Un exceso de conducción, una pausa que falta, un descanso corto: todo eso queda registrado en el .ddd mucho antes de que un inspector lo lea. La diferencia entre pagar y no pagar suele estar en si alguien miró esos ficheros a tiempo. Cada uno de esos límites viene de los tiempos del 561.
Y hay una capa más: los propios ficheros sirven también para calcular las dietas de los mismos ficheros de cada conductor según tu convenio, con su parte exenta de IRPF y Seguridad Social. La misma descarga te sirve para las dos cosas.
Comprueba tu exposición gratis
Con Tachobase subes tus ficheros de tacógrafo (.ddd, .C1B o .TGD) y te decimos, en minutos y gratis, qué infracciones del 561/2006 saldrían hoy si viniera la inspección. Cada una con su multa estimada según los tramos que acabas de ver, con el artículo del reglamento del que sale y con la versión del motor de reglas con la que se ha calculado. El motor detecta; la explicación en lenguaje llano la ponemos nosotros encima.
No pide registro. Los ficheros se analizan en servidores de la UE y se borran a los 30 días salvo que crees una cuenta.